Preguntas y Respuestas
¿Es obligación pertenecer a una asociación?
No, no es obligatorio. Sin embargo, es recomendable, ya que permite una mayor representatividad y respaldo dentro del sector.
¿Qué dice la Ley sobre Soluciones Sanitarias Individuales?
Soluciones descentralizadas de saneamiento»: aquellas que, encontrándose dentro del área de servicio, no estén conectadas con una red de alcantarillado primario, permiten la recolección, tratamiento y vertimiento o reutilización de las aguas residuales de sistemas comunitarios, conjuntos residenciales y residencias individuales, según el caso
Con la entrada en vigencia de la Ley N°20.998 ¿los bienes son embargables?
Los bienes indispensables tendrán el carácter de inembargables, siéndoles aplicable lo establecido en el número 17 del artículo 445 del Código de Procedimiento Civil
¿La ley contempla la Gratuidad para Bomberos, iglesias?
No, ni para dirigentes, servicios o beneficencia, ya que el espíritu de la ley es que todos paguen una tarifa para asegurar la sustentabilidad y continuidad del servicio.
¿Que pasara con el cambio de nombre de los Comités? (boletas, SII)?
Los Comités y Cooperativas pueden continuar manteniendo su denominación.
¿A qué se refiere el inventario valorizado de cada Comité o Cooperativa?
Al detalle de los bienes indispensables que cada operador deberá hacer constar en un inventario valorizado a valor contable, en los bienes que corresponda, y actualizado una vez al año. Este inventario deberá distinguir entre aquellos bienes aportados por el Estado y los aportados por el
operador.
¿Qué pasará si la asamblea no aprueba el ingreso al Registro de Operadores?
Las organizaciones no están obligadas a inscribirse en el Registro de Operadores. En el caso de no inscribirse, las organizaciones no tendrán prioridad en la inversión, capacitaciones, área de servicio definida, exención del IVA, postulación a fondos, entre otros beneficios de la Ley Nº20.998.
Finalmente, siempre un comité o una cooperativa de agua potable rural tendrá la facultad de solicitar su inscripción en el Registro de Operadores en la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales de la región correspondiente.
¿Como se presentarán los proyectos para mejoras en las plantas de tratamiento?
Para los efectos del inciso final del artículo 81 de la ley, corresponderá a la Subdirección visar técnicamente los proyectos e impartir los criterios técnicos que se requerirán para la ejecución de los proyectos.
¿Puedo rechazar o renunciar a una planta de tratamiento que no funciona?
La prestación de la etapa de recolección será exigible sólo una vez que esté aprobada la puesta en operación de las redes por la Subdirección. Artículo 7°, párrafo séptimo Ley N°20998.
¿Hasta dónde llega las atribuciones de los comités o Cooperativas en el tema Sanitario? (Hasta la casa o las uniones domiciliarias)
hasta el medidor inclusive, y de las uniones domiciliarias de alcantarillado hasta la cámara más próxima al colector público de aguas servidas, excluyéndose esta última
¿Si no tengo la cantidad de personas para ocupar los cargos directivos exigidos por la Ley, vendrá un operador provisorio?
Hay que distinguir, podría ser ocupados por los suplentes. En caso contrario se designará al operador provisorio.
¿La Ley es un hecho o falta todavía?
La Ley 20.998 se encuentra plenamente vigente a partir del 20 de noviembre de 2020, con sus modificaciones posteriores.